La Superintendencia de Sociedades con base en las atribuciones de inspección, vigilancia y control otorgadas por la ley, expidió la circular externa 100-000016 del 17 de noviembre de 2021, a través de la cual solicita información financiera, otros informes no financieros con corte del año 2021, e informe no financiero de corte eventual.
La circular se encuentra dirigida a administradores, revisores fiscales, contadores públicos, oficiales de cumplimiento, sociedades comerciales, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras, sin embargo, se enfatiza en el contenido de la circular que la responsabilidad del diligenciamiento, el contenido y la fidelidad de la información a reportar recae sobre los administradores de los sujetos obligados.
Respecto al reporte de información financiera con corte a 31 de diciembre de 2021, esta deberá hacerse a través del Sistema Integrado de Reportes Financieros – SIRFIN, siguiendo los requisitos e instrucciones impartidas en esta circular.
Los estados financieros de propósito general con corte a 31 de diciembre de 2021 y documentos adicionales que les aplique, tendrán que ser reportados acorde al marco normativo en el que se encuentren clasificadas.
El plazo máximo para el envío de información de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la entidad empresarial, sin incluir el número de verificación (DV), inician en el rango 01 -05, el martes 5 de abril de 2022 y finalizan con el rango 96 – 00 el día lunes 9 de mayo de 2022.
Referente al informe 50 – Prevención del riesgo LA/FT/FPADM, los plazos para el envío de la información correspondiente al ejercicio 2021, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la entidad empresarial, sin incluir el digito de verificación (DV), inicia con el rango 01 – 20 el lunes 23 de mayo de 2022 y finaliza con el rango 81 – 00 el viernes 27 de mayo de 2022.
El informe 52, de transparencia y ética empresarial, deberá ser diligenciado por las sociedades vigiladas que hayan cumplido con los criterios dispuestos en la Resolución No. 100-006261 del 2 de octubre de 2020. Los plazos comienzan con el rango 01 – 20 el martes 31 de mayo de 2022 y finalizan con el rango 81 – 00 el lunes 6 de junio de 2022, acorde a los dos últimos dígitos del NIT de la entidad empresarial, sin incluir el digito de verificación (DV).
Las entidades empresariales, en vigilancia o control; tendrán que enviar el informe 42 de prácticas empresariales correspondiente al año 2021, a excepción de las relacionadas en la circular, entre el martes 7 de junio de 2022, para los rangos de NIT 01 – 10 y finalizan en el rango 91 – 00 el martes 21 de junio de 2021.
Por último, la entidad indicó en la circular mencionada que, las Entidades Empresariales obligadas a cumplir con lo dispuesto en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica 2, deberán diligenciar el Informe 58 – Oficiales de Cumplimiento SAGRILAF. Sobre el particular, indica que teniendo en cuenta que la decisión de nombramiento o cambio del oficial de cumplimiento por parte de los sujetos obligados se puede dar en cualquier momento del año, éste informe deberá diligenciarse y enviarse dentro de los (15) quince días hábiles siguientes a dicho nombramiento o cambio, a través del aplicativo STORM User, el cual se descarga ingresando al portal web www.supersociedades.gov.co.
Conozca los detalles de la circular externa 100-000016 del 17 de noviembre de 2021 aquí:
Plazos para presentar los Estados Financieros
Fuente: http://www.comunidadcontable.com/
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