Ley de garantías

Con la aprobación del proyecto del presupuesto general para el año 2022, por una suma total de $350,4 billones, uno de los puntos que más diferencias y discordia generó en el congreso, fue la aprobación del artículo 125 de la ley, que introduce una modificación a la Ley de Garantías.

Este artículo fue aprobado en Senado de la República con 54 votos a favor y 30 en contra, y si bien en la Cámara la votación fue mayoritaria, con 98 votos positivos, el artículo tenía 6 proposiciones de eliminación que no fueron aprobadas.

La Ley de garantías actualmente prohíbe a los gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes y directores de Entidades Estatales del orden municipal, departamental y distrital, celebrar convenios interadministrativos para emplear recursos públicos durante los cuatro meses anteriores a cualquier elección. Esto se da con el fin de blindar los contratos en temporada electoral y evitar la incidencia política en lis mismos.

Sin embargo, el artículo aprobado establece que a partir de la publicación de la presente ley “y durante la vigencia fiscal 2022, la Nación podrá celebrar convenios interadministrativos con las entidades territoriales para ejecutar programas y proyectos correspondientes al Presupuesto General de la Nación”. Si bien para el segundo debate se incluyó también una modificación que indica que todos los convenios que se suscriban bajo el amparo de la presente disposición serán objeto de control especial por parte de la Contraloría General.

El ministerio de Hacienda hizo referencia a la aprobación del polémico artículo tras la aprobación del presupuesto, y resaltó que el cambio se hizo “con el propósito de promover la reactivación económica y la generación de empleo en las regiones”.

La cartera defendió que además que el artículo 55 del proyecto, señala que las entidades que hacen parte del Presupuesto General de la Nación que celebren contratos y convenios interadministrativos con entidades del orden territorial, y en donde se ejecuten recursos de partidas que correspondan a inversión regional, “exigirán que para la ejecución de dichos proyectos, la entidad territorial publique previamente el proceso de selección que adelante en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (SECOP), y solo se podrán contratar con Pliegos Tipo establecidos por el Gobierno Nacional”.

El ministro de Hacienda, Jose Manuel Restrepo, se manifestó al respecto y dijo que «¡la reactivación se dará también en el territorio, permitiendo convenios interadministrativos entre la Nación y los entes territoriales para que haya empleo en los municipios, en los departamentos, y para que haya efectivamente un proceso de reactivación desde las regiones del país”.

LAS POSICIONES EN CONTRA

Varios sectores advirtieron sobre las consecuencias que podría tener la modificación en la Ley de Garantías. Dentro de estas está la del candidato presidencial y exministro de Salud, Alejandro Gaviria, quien calificó de “inaceptable” la suspensión de la ley de garantías.

“Cambiar las reglas de juego sobre la marcha afecta la democracia. Genera, además, desconfianza en medio de una crisis institucional ocasionada en buena medida por la corrupción”, dijo Gaviria. El director de Fedesarrollo, Luis Fernando Mejía, también se manifestó en contra de la modificación. La modificación de la ley de garantías aprobada anoche permitirá que el Gobierno asigne discrecionalmente recursos del presupuesto a gobernadores y alcaldes durante el proceso electoral. No parece una buena señal. Ojalá la Corte Constitucional haga rápidamente un control previo del artículo”, dijo.

El senador del Partido de la U, Roy Barreras, manifestó por su parte que demandara ante la Corte Constitucional la eliminación de la Ley de Garantías. “Viola la unidad de materia, contradice varias sentencias de la Corte que ordenan no incluir asuntos ajenos a la ley de presupuesto. La ley 996 es estatutaria”, trinó el congresista en su cuenta de Twitter.

Fuente: https://www.portafolio.co/economia/